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El caso, fecha a fecha

Investigación judicial sobre la entrada masiva a Ceuta

26 hechos · 12 piezas · del 4 de agosto de 2026 al 11 de septiembre de 2026

  1. Hazte Oír presentó una querella pidiendo que se acumule a estas diligencias, contra «agentes de inteligencia marroquíes», mandos de la Gendarmería Real y de las Fuerzas Auxiliares de Marruecos, el delegado del Gobierno en Ceuta, Miguel Ángel Pérez Triano, y el consejero del rey de Marruecos Fouad Ali El Himma como «presunto cerebro» de la operación, sin identificar sus fuentes; aprecia posibles delitos contra la paz o la independencia del Estado, favorecimiento agravado de la inmigración ilegal, organización criminal, prevaricación, denegación de auxilio y homicidio y lesiones por imprudencia grave. Vox presentó ese mismo día una denuncia distinta contra Pérez Triano «y contra cuantas autoridades resulten de la investigación», con petición de medidas cautelares urgentes. Ninguno de los dos escritos consta admitido a trámite y no hay nadie investigado a raíz de ellos. leer la pieza →

  2. La jueza María Tardón preguntó a la Guardia Civil, en una providencia conocida ese día, si recibió información en los días previos que hubiese podido alertar de la entrada masiva de migrantes en Ceuta entre el 30 y el 31 de julio de 2026; reclamó también datos sobre rescates, y sobre la causa y fecha de muerte de los fallecidos y la identidad y localización de los supervivientes. leer la pieza →

  3. Se abrió tras una denuncia de Iustitia Europa contra funcionarios, «integrantes de organizaciones criminales» y autoridades españolas y extranjeras «que pudieran ser identificadas», por delitos contra la Seguridad del Estado, contra la Nación, favorecimiento de la inmigración ilegal y tráfico de personas, organización criminal y omisión del deber de perseguir delitos; la denuncia no señala a nadie por su nombre y no consta ninguna persona investigada. leer la pieza →

  4. Iustitia Europa se define como partido político. leer la pieza → otra pieza →

  5. Tardón pidió también un informe a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras de la Policía Nacional para saber si la entrada fue «una acción concertada» impulsada por «un grupo criminal». leer la pieza →

  6. Todavía no ha resuelto si la Audiencia Nacional es competente para instruir estos hechos; ha trasladado la cuestión a la Fiscalía. leer la pieza →

  7. Las cifras del episodio que investiga —unas 72.000 entradas el 30 de julio y 70.000 retornos, según el Gobierno, y al menos 75 muertos— no cuadran con las de otras administraciones: el Gobierno de Ceuta las eleva a unas 75.000 entradas y su presidente, Juan Vivas, llegó a hablar de 80.000; no existe un recuento público auditable ajeno a las administraciones. leer la pieza → otra pieza →

  8. El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, reclamó al director general de la Policía, Francisco Pardo Piqueras, que le verifique «a la mayor brevedad» un informe del [[cenif]] (Centro Nacional de Inmigración y Fronteras, unidad de inteligencia de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras) que, según reveló 'El Español' y recogieron Europa Press y El País, la Policía habría remitido a la Audiencia Nacional atribuyendo a gendarmes marroquíes —a las órdenes de agentes de paisano y con un fin distinto al migratorio— haber guiado la entrada masiva del 30 y 31 de julio de 2026. Ni el informe ni la carta del ministro son públicos; el Ministerio del Interior no confirma el contenido, solo pide que se le confirme si existe y si es cierto. leer la pieza →

  9. Marlaska exige además que Pardo aclare «desde cuándo disponía la Policía Nacional de esa investigación», dato que considera «esencial» para las decisiones del Gobierno sobre la crisis, y recuerda que, desde que Ceuta fue declarada en situación de interés para la Seguridad Nacional el 25 de agosto, esa información «debería haberse puesto de inmediato a disposición» del Consejo de Seguridad Nacional y del mando único que dirige Ángel Víctor Torres. leer la pieza →

  10. El mismo día en que Marlaska pidió verificar el informe, el director general de la Policía, Francisco Pardo Piqueras, respondió por escrito que «no existe informe policial alguno» que atribuya a Marruecos la planificación o ejecución de la entrada masiva, y explicó que hasta entonces desconocía el contenido del informe porque la propia jueza Tardón había prohibido a los investigadores informar a sus superiores; ella levantó esa orden esa misma tarde. Pardo describió además un aviso policial del 29 de julio como una «alerta de riesgo frecuente» sin mención a una posible entrada masiva al día siguiente. leer la pieza →

  11. Horas después de esa respuesta, Europa Press y El Confidencial publicaron por separado extractos del 'Informe sobre la entrada masiva irregular en Ceuta' que el CENIF remitió a la jueza Tardón: atribuye a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de Marruecos «el guiado activo de la masa hacia los lugares de paso» y sostiene que hubo «planificación», tanto «previa» como «táctica», con «agentes dinamizadores» no uniformados que mostraban «actitudes de control, liderazgo y dirección de la situación»; concluye que la «finalidad migratoria aparente» fue «solo una cobertura formal» y califica el episodio de «acción de contra-inteligencia ofensiva de manual». leer la pieza →

  12. El Confidencial publicó también el texto del aviso del CENIF del 29 de julio, anexo al informe: alertaba de «un riesgo potencial de entradas irregulares» en Ceuta y Melilla «previsto para el día 30 de julio 2026», con las entradas a nado y el salto de la valla «de forma coordinada» calificadas de «riesgo extremo», aunque con probabilidad asignada «media-baja». leer la pieza →

  13. Pedro Sánchez confirmó en el Congreso que el CENIF elaboró dos notas, el 28 y el 29 de julio, y que la del 29 asignaba probabilidad «media y baja» a un movimiento coordinado de entradas a nado y salto a la valla, con la advertencia de que «no puede asegurarse que esto vaya a producirse»; dijo que de ella salieron alertas a los puestos fronterizos desde las 21:09 de esa noche. Coincide con la probabilidad que ya recogía el aviso del CENIF filtrado el 2 de septiembre (id: 2026-09-03-policia-contradice-informe-marruecos-ceuta), pero no con el riesgo «extremo» que el auto de la jueza Tardón atribuye a esa misma alerta —ver contradicción no resuelta anotada en [[entrada-masiva-a-ceuta-30-julio-2026]]—. leer la pieza → otra pieza →

  14. El Consejo de Gobierno de Ceuta acordó, en reunión extraordinaria, personarse como acusación particular en esta causa; según su propia explicación busca defender los derechos de las víctimas —a las que identifica con «el pueblo de Ceuta»—, lograr que se valoren los perjuicios sufridos por los servicios públicos de la ciudad e «impulsar la exigencia de las responsabilidades penales y civiles que pudieran derivarse» de lo que averigüe el tribunal; corresponde a este admitir o rechazar la personación. Sigue sin haber ninguna persona investigada y sin resolver si la Audiencia Nacional es competente para instruir la causa. leer la pieza →

  15. El acuerdo se conoció solo por Europa Press: el Gobierno de Ceuta no lo había publicado en su sala de prensa a la mañana siguiente y el escrito de personación no es público. leer la pieza →

  16. El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Jesús Alonso, comunicó a la jueza María Tardón que ese tribunal es competente para instruir la causa, porque «los efectos más relevantes» de la entrada masiva se produjeron en territorio español aunque buena parte de la planificación se desarrollara en Marruecos, y pidió que se declare el secreto parcial de las actuaciones al amparo del artículo 302 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por un plazo no superior a un mes. leer la pieza →

  17. La Fiscalía enumeró, «en esta fase inicial» y sin perjuicio de la calificación final, los delitos que podrían apreciarse: favorecimiento de la inmigración irregular agravado, homicidio y lesiones por imprudencia grave en concurso, y organización o grupo criminal; deberá determinarse además si hay delitos contra el orden público o contra bienes jurídicos colectivos. Sigue sin constar ninguna persona investigada. Tardón debe pronunciarse a la vez sobre la admisión a trámite de las querellas de varias acusaciones. leer la pieza →

  18. Ni el escrito del fiscal jefe ni la nota de la Fiscalía están publicados; todo su contenido se conoce por Europa Press, El País y La Vanguardia. leer la pieza →

  19. La jueza María Tardón declaró que la Audiencia Nacional es competente para investigar la entrada masiva a Ceuta del 30 y 31 de julio de 2026, al considerarla «una conducta delictiva presuntamente cometida en el extranjero que ha atacado gravemente la integridad territorial de España» (artículo 2 de la Constitución); encuadra los hechos, de forma provisional, en un delito contra la paz o la independencia del Estado (artículo 590 del Código Penal), un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros (artículo 318 bis) en conexión con homicidios imprudentes (artículo 142), y organización criminal (artículo 570 bis). Reclama a los juzgados de Ceuta las diligencias por las muertes de la entrada masiva. leer la pieza →

  20. El auto asume las conclusiones del informe del CENIF: aprecia «permisividad» y «gestión favorecedora del proceso desde el territorio del Reino de Marruecos», describe el comportamiento de los agentes marroquíes en la playa de Fnideq como «guiado activo» —calificación que dice compartir— y concluye que la finalidad migratoria «operaba solo como cobertura formal». También destaca que el propio CENIF emitió el 29 de julio, un día antes de los hechos, una primera «Alerta de Riesgo de Entrada Masiva» con riesgo «extremo», y anuncia que investigará también la respuesta de las autoridades españolas a esa alerta previa. leer la pieza →

  21. El auto fija en 83 los fallecimientos acreditados hasta el momento en aguas españolas —por encima de los 80 cuerpos que el IML de Ceuta había recibido a comienzos de agosto—, y describe una estructura de cinco niveles: la masa que cruzó, los dinamizadores del mensaje en redes, los organizadores sobre el terreno (policías uniformados y «agentes dinamizadores»), la planificación y la dirección; de tres de esos niveles dice que ya es posible identificar personas concretas, de los otros no. No hay, por ahora, ninguna persona investigada con nombre en la causa. leer la pieza →

  22. Tardón admitió como acusación popular a los denunciantes —entre ellos Iustitia Europa, el PP, Vox y Hazte Oír, según Europa Press— salvo al partido Se Acabó la Fiesta; exige una fianza previa de 6.000 euros y que se agrupen bajo una sola representación, con Iustitia Europa designada si no se ponen de acuerdo, por haber denunciado en primer lugar. Aceptó también la petición de la Fiscalía de declarar secretas parte de las actuaciones. leer la pieza →

  23. La instrucción sigue en fase inicial: las conclusiones del auto son indiciarias y provisionales, no hay personas investigadas identificadas y ninguna calificación penal está acreditada. leer la pieza →

  24. Tardón admitió a la ciudad de Ceuta como acusación particular y perjudicada, tras el acuerdo de personación de su Consejo de Gobierno del 3 de septiembre; hasta esa fecha era la única parte reconocida como víctima directa. leer la pieza →

  25. Tardón admitió también a la Abogacía del Estado, en representación del Estado español, como acusación particular y perjudicada, en un auto que razona que «la condición de perjudicado concurre, sin duda, en el propio Estado español» porque los hechos investigados pueden atacar, además de a Ceuta y sus habitantes, «a la soberanía nacional, la independencia y la estabilidad del Estado [...] la integridad territorial, la defensa nacional, la seguridad exterior»; el Estado no tendrá personación «expresa» en la pieza separada y secreta de diligencias reservadas, por ser esta meramente «instrumental». Con esta decisión la causa reúne al Estado y a Ceuta como acusaciones particulares, y a Iustitia Europa, el PP, Vox y Hazte Oír, entre otros, como acusaciones populares (estas últimas con una fianza de 6.000 euros). El auto no es público; se conoce por Europa Press y El Confidencial. leer la pieza →

  26. La Fiscalía de Ceuta pidió que los juzgados de esa ciudad se inhiban de las diligencias abiertas contra el delegado del Gobierno, Miguel Ángel Pérez Triano —originadas en una denuncia de Manos Limpias, a la que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Ceuta incorporó después la querella de Hazte Oír y Vox, reconocidas como acusación popular—, y las remitan a esta causa de la Audiencia Nacional, al considerar que ambos procedimientos comparten «el mismo contexto operativo»; según Europa Press y EFE, que citan fuentes jurídicas y judiciales, sin que el escrito de la Fiscalía sea público. La decisión corresponde primero a los juzgados de Ceuta y, si se inhiben, a la Audiencia Nacional. A Pérez Triano se le atribuyen, según esta versión, presuntos delitos de prevaricación, omisión del deber de perseguir delitos, denegación de auxilio y homicidio y lesiones por imprudencia grave en comisión por omisión; no consta citado a declarar ni investigado formalmente. leer la pieza →

Cronología elaborada por la redacción: cada hecho enlaza a la pieza publicada que lo contó.