El ponente del Constitucional propone rechazar el amparo de Turull sobre la amnistía
El magistrado José María Macías propone en su ponencia que el Tribunal Constitucional desestime el recurso del secretario general de Junts, Jordi Turull, y dé la razón al Supremo cuando negó la amnistía a los condenados del procés por malversación, según el texto adelantado el 12 de septiembre de 2026 por El Español. El pleno lo debate el 22 de septiembre y de ahí saldrá la doctrina que decidirá también el caso de Carles Puigdemont.
El magistrado del Tribunal Constitucional José María Macías propone a sus compañeros que respalden al Tribunal Supremo y dejen fuera de la amnistía la malversación de caudales públicos por la que fueron condenados los dirigentes del procés. Su ponencia —el borrador de sentencia que el ponente somete al resto del tribunal— resuelve el recurso de amparo del exconsejero y hoy secretario general de Junts Jordi Turull, y propone desestimarlo, según adelantó El Español, que dice haber tenido acceso al texto. El amparo es el último recurso que cabe ante el Constitucional cuando alguien cree que un tribunal ha vulnerado sus derechos fundamentales.
Turull sostenía que el Supremo interpretó la ley de forma «irrazonable, inconsistente e indefendible», apartándose de la letra de la norma y de la voluntad de quien la aprobó. Macías responde que la lectura de la Sala Penal «no puede tildarse de sorpresiva o imprevisible, y mucho menos de caprichosa o fruto de una supuesta animadversión hacia el recurrente, sino que se ajusta a la doctrina vigente sobre los elementos del tipo penal de la malversación». No ve «arbitrariedad, irrazonabilidad manifiesta ni error patente» en las resoluciones recurridas, sino «una discrepancia con la interpretación y aplicación de la legalidad ordinaria»: una pelea sobre cómo se lee una ley ordinaria, que según el ponente queda fuera de lo que el amparo puede revisar.
El punto decisivo es qué cuenta como beneficio propio. El Supremo excluyó de la amnistía la malversación cometida con «beneficio personal de carácter patrimonial», y la ponencia avala que ese beneficio pueda consistir en un ahorro: «la evitación de un gasto que, de no haberse dispuesto de los fondos públicos, habría debido afrontarse con recursos propios», recoge El Confidencial en un despacho de la agencia EFE. Macías distingue ahí tres cosas que suelen confundirse —ánimo de lucro, enriquecimiento personal y beneficio personal— y sitúa al Supremo en la tercera. Ese razonamiento, añade, «aun cuando pudiere ser discutido legítimamente por el recurrente, se apoyó en premisas jurídicas explícitas y en una inferencia lógico-argumental reconocible».
Sobre el otro gran argumento de Turull —que los fondos del 1-O no tocaron los intereses financieros de la Unión Europea—, la ponencia no entra en el fondo: recuerda que el Tribunal de Justicia de la UE descartó esa afectación en su sentencia del 16 de julio de 2026, pero que esa resolución es posterior a los autos del Supremo y por tanto «no permite proyectar retrospectivamente su contenido» sobre ellos.
Un borrador que se da por derrotado
Macías pertenece al bloque conservador del tribunal, minoritario en un pleno donde la mayoría progresista ya rechazó, uno tras otro, los recursos de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía —el último, el de la Junta de Extremadura, cerró en julio la lista de los dieciséis—. Por eso el propio recorrido del texto está cantado: la ponencia se debatirá el 22 de septiembre y, si no reúne mayoría, el pleno encargará a otro magistrado un texto nuevo en sentido contrario. Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press dan por probable que el amparo de Turull acabe estimado; la Fiscalía y la Abogacía del Estado ya han comunicado al tribunal que son partidarias de aplicar la amnistía.
Lo que se juega el 22 de septiembre excede a Turull. Él fue el primero de los condenados en recurrir, pero detrás van Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Raül Romeva y Dolors Bassa, a quienes el Supremo también negó el perdón de la malversación. La doctrina que fije el Constitucional se aplicará a todos ellos: según Europa Press, el magistrado instructor del procés en el Supremo, Pablo Llarena, amnistiaría al expresidente de la Generalitat en cuanto conozca esa doctrina —si es extensible a su caso— sin esperar a resolver el recurso propio de Puigdemont, fugado en Bélgica desde 2017. A Turull, la única pena que le queda viva tras los indultos es la inhabilitación para ejercer cargo público, que se prolonga hasta 2030.
La ley lleva un año de aplicación desigual. El Tribunal de Justicia de la UE declaró el 16 de julio de 2026 que el derecho europeo no se opone a ella, y con ese aval el Supremo amnistió el 24 de julio a ocho juzgados por el procés —ninguno condenado por malversación—. En Cataluña, en cambio, el Tribunal Superior de Justicia denegó el 3 de septiembre la amnistía a Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, también acusados de malversación, y mantuvo sus preguntas pendientes en Luxemburgo.
La ponencia no es pública ni ha sido confirmada por el Tribunal Constitucional: Actualidad Libre no ha tenido acceso al documento y las citas proceden del texto al que dice haber accedido El Español y del despacho de EFE publicado por El Confidencial. Todo lo anterior es una propuesta de un magistrado, no una decisión del tribunal.