El Supremo amnistía a Clara Ponsatí y archiva su causa por el 1-O
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo aplicó el 5 de noviembre de 2026 la ley de amnistía a la exconsejera catalana Clara Ponsatí, procesada por desobediencia en la causa del «procés», y archivó el caso para ella, según el auto recogido por Europa Press.
Clara Ponsatí ya no está imputada en España. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo le ha aplicado la ley de amnistía y declara «extinguida su responsabilidad penal» por el delito de desobediencia que le quedaba en la causa del procés. Lo cuenta Europa Press, que ha tenido acceso al auto. La exconsejera de Enseñanza del Govern de Carles Puigdemont nunca llegó a ser juzgada, porque se marchó al extranjero tras el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.
Según El Periódico, que coincide en lo esencial, el ponente del auto es el magistrado Manuel Marchena y la Sala acuerda el sobreseimiento libre: el archivo definitivo de los hechos por los que Ponsatí fue procesada en rebeldía, es decir, estando ausente. El auto no se ha hecho público.
Un trámite que llega con dos años y cinco meses de retraso
Nadie discutía que la amnistía cubría la desobediencia. Lo que se ha retrasado es la decisión formal: la ley de amnistía, la Ley Orgánica 1/2024, es del 10 de junio de 2024, y el Supremo no la ha aplicado a Ponsatí hasta el 5 de noviembre de 2026, subraya El Periódico.
Ponsatí había sido procesada por sedición. La reforma del Código Penal que suprimió ese delito dejó su acusación reducida a desobediencia, y en 2023 volvió a España. Fue detenida en Barcelona por la orden nacional de arresto que seguía vigente y conducida ante el juez instructor de la causa, Pablo Llarena, que la dejó en libertad tras tomarle declaración, según El Periódico. Desde entonces seguía formalmente imputada.
Uno más en la lista del procés
La decisión sigue a las que el alto tribunal ha tomado en las últimas semanas con otros miembros de aquel Govern. El 20 de octubre, la misma Sala aplicó la amnistía por malversación al exvicepresidente Oriol Junqueras y a los exconsejeros Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa, después de que el Tribunal Constitucional fijara que la financiación pública del referéndum no basta para excluir ese delito de la ley. El 4 de noviembre, el Constitucional cerró sin entrar en el fondo los amparos de Junqueras, Turull y Romeva, porque lo que pedían ya lo habían obtenido. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea había avalado en julio que el derecho europeo no se opone a la medida de gracia, el mismo mes en que el Supremo hizo sus primeras amnistías del procés tras ese aval.
Quedan los que, como Ponsatí, salieron de España tras el 1-O: Puigdemont, expresidente de la Generalitat y líder de Junts, y los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig. El 3 de noviembre, Llarena levantó su procesamiento —la resolución con la que el juez acusa formalmente a alguien— y dejó en manos de la Sala de lo Penal, la que juzgó el procés con Marchena como presidente, el archivo definitivo de su causa. No hay fecha para esa decisión.
Fuentes
- Europa Press, «El Supremo amnistía a la exconsejera Clara Ponsatí y archiva la acusación de desobediencia», 5 de noviembre de 2026.
- El Periódico (Ángeles Vázquez), «El Supremo archiva la desobediencia de la que se acusaba a Ponsatí por el 1-O, al aplicarle la amnistía dos años después de promulgada la ley», 5 de noviembre de 2026.
- Documento primario: el auto de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo no se ha hecho público (comprobado el 5 de noviembre de 2026 en las noticias judiciales del Poder Judicial); se cita a través de Europa Press y El Periódico.
- Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía, en el BOE.