El Tribunal General de la UE confirma las sanciones contra Abramovich
El Tribunal General de la Unión Europea desestimó el 9 de septiembre de 2026 el recurso del empresario ruso Roman Abramovich, expropietario del Chelsea FC, contra la prórroga de las sanciones europeas por la invasión de Ucrania, y también rechazó indemnizarle por el daño moral que decía haber sufrido.
Roman Abramovich pierde otra vez en Luxemburgo. El Tribunal General de la Unión Europea —la primera instancia de la justicia europea, la que revisa los actos de las instituciones antes de que el asunto pueda llegar al Tribunal de Justicia— desestimó el miércoles 9 de septiembre de 2026 el recurso del empresario ruso contra la prórroga de las sanciones que la UE le impuso tras la invasión de Ucrania. El fallo, dictado en el asunto T-358/25 Abramovich/Consejo, confirma íntegramente los actos del Consejo y rechaza además la indemnización que el magnate reclamaba por «el perjuicio moral» que decía haber sufrido, según el comunicado del propio tribunal.
Abramovich —empresario con nacionalidad rusa, israelí y portuguesa— figura desde 2022 en las listas de «medidas restrictivas», el nombre técnico de las sanciones europeas: congelación de fondos y prohibición de entrar en la UE o transitar por su territorio. El Consejo aplica esas medidas a las personas de negocios influyentes que operan en Rusia o en sectores que considera fuente de ingresos sustancial para el Gobierno ruso.
El argumento del recurso: «lo decidieron los grupos de trabajo»
El eje jurídico del recurso no iba sobre los hechos, sino sobre quién firmó. Abramovich sostenía que las prórrogas las habían adoptado de facto los grupos de trabajo del Consejo —los equipos técnicos que preparan las decisiones—, sin mandato de los Estados miembros.
El tribunal lo descarta: el Consejo «simplemente se basó en esos trabajos» preparatorios para pronunciarse, y el hecho de que esos grupos participaran en la revisión de las sanciones «no significa que este último haya renunciado a su facultad de decisión ni que la haya delegado en uno de sus grupos de trabajo».
Tampoco acepta la tesis de que se le sancionara por ser quien es. Los criterios de designación, dice la sentencia, son «objetivos, suficientemente precisos y proporcionados»: apuntan a los principales empresarios que operan en Rusia, «en un contexto en el que los principales agentes económicos están estrechamente vinculados al Estado», y a quienes intervienen en sectores que generan ingresos importantes para el Gobierno ruso. Fue la aplicación de esos criterios —y no, como él alegaba, una voluntad de instrumentalizar su «notoriedad pública»— la que lo llevó a la lista.
Evraz, el paladio y el 66,3 %
La parte fáctica del fallo se apoya en las participaciones industriales del empresario. El Tribunal General da por probado que Abramovich es «el principal accionista» de Evraz, matriz de uno de los mayores grupos siderúrgicos y mineros que operan en Rusia, y que tiene además participaciones en Norilsk Nickel, uno de los principales productores mundiales de paladio —el metal usado en catalizadores de automóviles y en electrónica— y actor clave en el níquel refinado. Esas actividades «representan […] una fuente de ingresos sustancial para el Gobierno ruso».
El tribunal cifra el peso del negocio con un dato del propio grupo: según la memoria anual de Evraz de 2021, el 66,3 % de sus ingresos totales procede del sector siderúrgico. Y añade un reproche procesal: Abramovich «no ha demostrado la imposibilidad de vender sus acciones de Evraz».
En cuanto a los derechos fundamentales, el fallo concluye que las sanciones respetan la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE aunque limiten libertades como la de circulación: tienen una base legal que define «de manera clara y precisa» el alcance de esas limitaciones, prevén excepciones y revisiones periódicas, y son proporcionadas al objetivo de promover una solución pacífica de la crisis en Ucrania.
Tercer intento fallido
No es el primer pulso de Abramovich con el tribunal de Luxemburgo. Ya impugnó su inclusión y el mantenimiento de su nombre en las listas, y perdió en dos sentencias: la de 20 de diciembre de 2023 (asunto T-313/22) y la de 10 de septiembre de 2025 (asunto T-1105/23). Este tercer recurso atacaba los actos posteriores: los del 14 de marzo de 2025, que estiraron las medidas hasta el 15 de septiembre de 2025, y los del 12 de septiembre de 2025, que las llevaron hasta el 15 de marzo de 2026. El régimen se revisa cada seis meses, de modo que la sentencia se pronuncia solo sobre esos actos concretos, no sobre prórrogas posteriores.
Abramovich fue obligado a vender el Chelsea FC tras las sanciones, según Europa Press, que adelantó el fallo.
El asunto no está cerrado del todo: contra las resoluciones del Tribunal General cabe recurso de casación —limitado a cuestiones de Derecho— ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en un plazo de dos meses y diez días desde la notificación.
Las sanciones a personas y empresas conviven con otras dos vías con las que la UE presiona a Moscú: los paquetes sucesivos de medidas económicas, como el 21º paquete adoptado en julio de 2026, y el uso de los intereses de los activos rusos inmovilizados para financiar a Ucrania.
Fuentes
- Tribunal General de la Unión Europea, comunicado de prensa n.º 124/26, «Guerra en Ucrania: el Tribunal General desestima el recurso de Roman Arkadyevich Abramovich, confirmando de este modo las medidas restrictivas adoptadas contra él» (PDF), Luxemburgo, 9 de septiembre de 2026 — documento primario.
- Tribunal General de la Unión Europea, ficha del asunto T-358/25 Abramovich/Consejo en InfoCuria.
- Europa Press, «La justicia europea confirma las sanciones de la UE contra el expropietario del Chelsea FC Roman Abramovich», 9 de septiembre de 2026, 10:17 UTC.
Nota de la redacción: el borrador de esta pieza descansaba únicamente en la
crónica de Europa Press. Esta redacción localizó después el comunicado oficial
del Tribunal General, que es el documento en el que se apoya el relato de
arriba; el texto íntegro de la sentencia se publica en InfoCuria. El campo
fuentes del sistema solo admite fuentes vigiladas del medio, y el Tribunal de
Justicia de la UE aún no está dado de alta como tal: por eso figura ahí una
sola fuente.