El Banco de España multa con 2,77 millones al banco cabecera de Cajamar
El Boletín Oficial del Estado publicó el 5 de agosto de 2026 las sanciones del supervisor a Banco de Crédito Social Cooperativo —dos millones de euros— y a diecinueve de sus consejeros y directivos —773.000 euros más— por no tratar como retribución variable al menos el 15 % de los compromisos por pensiones de su personal clave. Las multas son firmes en vía administrativa, pero están recurridas ante los tribunales.
El Banco de España ha multado con dos millones de euros a Banco de Crédito Social Cooperativo, SA (BCC), la entidad que encabeza el Grupo Cooperativo Cajamar, y con otros 773.000 euros a diecinueve de sus consejeros y directivos. El motivo: no haber considerado retribución variable —con todo lo que eso implica— una parte de lo que la entidad aporta a las pensiones de su personal más decisivo. Las sanciones aparecen en la resolución del supervisor publicada el 5 de agosto de 2026 en el BOE.
La multa llega con año y medio de retraso sobre la decisión. El Consejo de Gobierno del Banco de España cerró el expediente IE/BP-1/2024 el 24 de febrero de 2025; lo había abierto el 24 de mayo de 2024. Solo ahora se hace pública, porque el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, obliga a publicar en el BOE las sanciones graves cuando son firmes en vía administrativa —es decir, cuando ya no cabe recurrir dentro del propio supervisor— y porque, según dice el texto, había terminado antes «en vía judicial el incidente cautelar sobre la publicación de las sanciones». La resolución no aclara quién promovió ese incidente ni cómo acabó: solo que, resuelto, procedía publicar.
Qué hizo mal el banco
La infracción es una sola y se repite, palabra por palabra, en los veinte apartados de la resolución: la entidad incurrió en «incumplimientos relacionados con las políticas de remuneraciones (en concreto, por no haber considerado al menos el 15 % de los compromisos por pensiones del colectivo identificado como retribución variable)».
El colectivo identificado es la plantilla que de verdad mueve el riesgo del banco: la Ley 10/2014 (artículo 32.1) incluye ahí, como mínimo, a todo el consejo de administración, la alta dirección, los responsables de las funciones de control y de las unidades de negocio importantes, y a quien cobre 500.000 euros o más al año en determinadas condiciones.
Y la etiqueta importa. Lo que se clasifica como remuneración variable queda sujeto a un corsé: no puede superar el 100 % del sueldo fijo de cada persona —hasta el 200 % si lo aprueba la junta con mayoría reforzada—, al menos el 40 % se aplaza entre cuatro y cinco años (cinco para consejeros y alta dirección de las entidades grandes), al menos la mitad se paga en acciones o instrumentos equivalentes y hasta el 100 % puede recortarse o reclamarse de vuelta si el banco va mal. Sacar dinero de esa categoría es sacarlo de ese corsé.
El propio Banco de España rebaja la gravedad: matiza en la resolución que los incumplimientos no son «especialmente significativos a la vista de la importancia de las concretas normas infringidas o la situación económico financiera de la entidad».
Quién paga qué
La entidad afronta dos millones de euros. La ley permitía llegar más lejos: el artículo 98.1.b) fija el techo para una infracción grave en el 5 % del volumen de negocio anual neto o, si esa cifra es menor, cinco millones.
Las diecinueve multas personales van de 15.000 a 75.000 euros y suman 773.000. La mayor, 75.000, recae sobre quien la resolución identifica como consejero delegado, Manuel Yebra Sola. Entre los sancionados está también el director general de Recursos Humanos, Francisco Javier Rodríguez Jurado, con 30.000 euros; el resto son consejeros y consejeras del banco. El BOE los lista a los diecinueve con nombre, apellidos, cargo e importe. Aquí también hubo margen: el artículo 101.1.a) permite multar con hasta 2,5 millones a cada cargo de administración o dirección responsable de una infracción grave.
Sumadas entidad y personas, las sanciones ascienden a 2.773.000 euros.
Firme para el supervisor, abierto en los tribunales
La resolución se cierra con una advertencia que conviene no saltarse: «dichas sanciones han sido recurridas judicialmente y, en consecuencia, no son firmes en sede jurisdiccional». La publicación en el BOE certifica que el procedimiento administrativo ha terminado, pero el pleito sigue: un tribunal puede todavía anular o rebajar las multas. El texto no identifica ni el órgano judicial ni el estado del recurso.
El contexto: un grupo de 67.582 millones
Banco de Crédito Social Cooperativo es la entidad cabecera del Grupo Cooperativo Cajamar, un sistema institucional de protección —un pacto por el que varias entidades comparten solvencia y liquidez y responden unas de otras— formado por diecinueve entidades y autorizado por el propio Banco de España, según explica el grupo en su web. Ahí mismo cifra sus activos en 67.582 millones de euros a 30 de junio de 2026 y se sitúa entre las diez entidades españolas significativas, supervisadas por el Mecanismo Único de Supervisión que forman el Banco Central Europeo y las autoridades nacionales. La sanción, en todo caso, la ha impuesto el Banco de España.
En perspectiva: los dos millones de la multa a la entidad equivalen a algo más del 1 % de los 193 millones de euros que el grupo dice haber ganado en el primer semestre de 2026, anunciados en una nota del 4 de agosto de 2026, la víspera de que el BOE publicara las sanciones. En esa sala de prensa, con treinta y seis notas en lo que va de año, no hay ninguna sobre el expediente sancionador. Este medio no ha localizado ninguna declaración pública de la entidad al respecto.
Un último detalle de calendario: quien firma la resolución de publicación, el 27 de julio de 2026, es el secretario general del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez. Al día siguiente, el 28 de julio, la Comisión Ejecutiva del supervisor aprobó la reforma de su cúpula que incluye su relevo tras quince años en el puesto.
Fuentes
- Boletín Oficial del Estado, «Resolución de 27 de julio de 2026, del Banco de España, por la que se publican las sanciones impuestas por infracción grave a Banco de Crédito Social Cooperativo, SA, y a sus cargos de administración y dirección» (BOE núm. 190, de 5 de agosto de 2026, páginas 109917 a 109921).
- Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito (texto consolidado): artículos 32, 34, 93.t), 98, 101 y 115.5.
- Grupo Cooperativo Cajamar, «Sobre Grupo Cooperativo Cajamar» y nota de resultados del primer semestre de 2026 (4 de agosto de 2026), consultadas el 5 de agosto de 2026.