El Congreso aprueba la pasarela de mutualistas a autónomos sin los jubilados
El Pleno del Congreso ratificó el 23 de julio de 2026, con los votos de PP, PSOE y Vox, la enmienda del Senado que deja fuera de la pasarela al Régimen de Autónomos a quienes ya cobran una pensión, salvo si es de viudedad. La ley está aprobada definitivamente, pero todavía no se ha publicado en el BOE.
Un abogado, un arquitecto o un médico que durante décadas cotizó a la mutualidad de su colegio profesional en vez de a la Seguridad Social podrá llevarse ese dinero al sistema público y convertirlo en años cotizados como autónomo. Quien ya cobra una pensión, no. El Pleno del Congreso ratificó el 23 de julio de 2026 la enmienda que el Senado había introducido para dejarlos fuera, con los votos a favor de PP, PSOE, Vox y el diputado del Grupo Mixto Javier Ortega Smith, y el voto en contra del resto de la Cámara, según informó Europa Press.
Con esa votación quedó cerrada la tramitación de la proposición de ley 122/000143, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista en noviembre de 2024 y tramitada por urgencia durante veinte meses. La ficha oficial de la iniciativa la da por «concluida, aprobada con modificaciones» desde el 23 de julio.
Qué es la pasarela y a quién le cambia la vida
Desde 1995, los profesionales colegiados pueden elegir entre darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) —el régimen de la Seguridad Social para quienes trabajan por cuenta propia— o pagar a una mutualidad de previsión social «alternativa», la caja del propio colegio profesional. Muchos eligieron la mutualidad. Décadas después descubrieron que aquella caja no genera pensión pública: cobran rentas de unos 400 a 500 euros al mes tras toda una carrera, según las cifras que maneja Europa Press. La misma agencia calcula que el traspaso al RETA puede elevar esa pensión hasta unos 1.200 euros mensuales.
La ley crea la vía para hacer ese traspaso: una nueva disposición transitoria de la Ley General de la Seguridad Social —la cuadragésima séptima— que permite pedir, una sola vez y de forma voluntaria, que los derechos económicos acumulados en la mutualidad se conviertan en periodos cotizados en el RETA. Quien lo haga queda encuadrado en el RETA de forma «obligatoria e irreversible» para esa actividad, y la operación está exenta de tributar.
Cuántas personas se beneficiarán es una incógnita. Durante el debate, tanto la diputada del PP Macarena Lorente como la de Esquerra Republicana Pilar Vallugera reprocharon al Gobierno no haber compartido con los grupos los datos de mutualistas afectados, lo que a juicio de Vallugera obliga a decidir «sobre criterios oscuros», según recogió elDiario.es.
La frase que deja fuera a los ya jubilados
El punto que rompió el consenso cabe en una línea. El texto aprobado exige, para pedir el traspaso, que el solicitante «no podrá tener la condición de pensionista a cargo de ningún régimen público ni de la respectiva mutualidad alternativa excepto si se trata de una pensión de viudedad», según el texto comparado publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 16 de julio de 2026.
Es decir: la exclusión no alcanza solo a los jubilados, sino a cualquiera que ya cobre una pensión pública o de su mutualidad, con la única salvedad de las pensiones de viudedad. Justo quienes hoy cobran esas rentas de 400 o 500 euros se quedan sin la puerta que la ley abre.
El recorrido de ese párrafo ha sido de ida y vuelta. En la primera tramitación en el Congreso fue el PP quien amplió la ley por la vía de una enmienda para que los mutualistas ya jubilados también pudieran acogerse. Cuando el texto llegó al Senado, donde el PP tiene mayoría absoluta, el mismo grupo presentó la enmienda contraria. El documento de las Cortes identifica seis enmiendas del Grupo Popular en el Senado —de la 24 a la 29— como origen de los cambios; la número 26 es la que introdujo la exclusión.
Toda enmienda del Senado necesita el visto bueno del Congreso antes de que la ley pueda publicarse. Ese fue el trámite del 23 de julio, y la exclusión se mantuvo.
«Tacticismo», dice el PSOE; «mejoras», responde el PP
Lorente defendió a los mutualistas porque «cumplieron la ley» y se vieron desprotegidos, sostuvo que la pasarela «era muy restringida y se ha ampliado» y celebró que los viudos no quedaran finalmente fuera, sin referirse a la exclusión del resto de pensionistas. El socialista Alfonso Cendón lamentó «el tacticismo del Partido Popular» y le reprochó haber introducido «una enmienda que iba contra el espíritu de esta ley», aunque su propio grupo acabó votando a favor de mantenerla. Cendón añadió que «queda camino» y que la pasarela «sienta las bases» para seguir avanzando. Sumar, Podemos, Bildu, Esquerra, PNV, Compromís, Junts y UPN también criticaron el recorte, según elDiario.es.
Las cuentas: coeficientes, el «1x1» y un IPC que desaparece
El resto de cambios del Senado salió adelante. El más relevante para el bolsillo es la fórmula de conversión: a la base mínima de cotización que habría correspondido al profesional en el RETA se le aplicará «un coeficiente de mejora comprendido entre el 0,67 y el 0,87, a fin de tener en cuenta las contingencias excluidas» —la mutualidad no cubría todas las prestaciones que sí cubre el sistema público—.
Ese mismo párrafo perdió algo por el camino. El texto que el Congreso había enviado al Senado decía que la base mínima se tomaría «actualizada al IPC», el índice de precios al consumo con el que se mide la inflación. La redacción aprobada suprime esa mención. Europa Press apunta que será el reglamento el que aclare si el IPC se aplica o no.
Hay dos excepciones a los coeficientes, ambas referidas al porcentaje que se aplica a la base reguladora —la media de bases de cotización sobre la que se calcula la pensión— cuando se accede a la jubilación a la edad ordinaria. A quienes empezaron a ejercer antes del 10 de noviembre de 1995 y a quienes hayan cumplido 52 años o más el 31 de diciembre de 2026 se les contará cada mes cotizado en la mutualidad como un mes completo de alta en el RETA. Es la fórmula que los colectivos de afectados llaman «1x1».
La ley añade otra puerta lateral: quienes se dieron de baja en una mutualidad antes de que esta pasara a un sistema de capitalización individual y no lleguen a quince años cotizados en la Seguridad Social podrán firmar, por una sola vez, un convenio especial —un acuerdo para seguir cotizando por cuenta propia— que les permita computar hasta cinco años anteriores a esa baja, en los términos que fije el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Las mutualidades siguen, con más vigilancia
La ley no liquida el sistema de mutualidades alternativas: seguirá conviviendo con el RETA. Pero establece que quienes opten por él tendrán «los mismos derechos y obligaciones» que el ordenamiento reconoce a los trabajadores por cuenta propia cuya financiación no dependa estrictamente de las cotizaciones a ese régimen.
Además, las mutualidades deberán elaborar cada seis meses un informe con la información relevante sobre los fondos de sus mutualistas y su evolución, incluido «el valor actual actuarial de la renta inicial de sus fondos», y remitir la documentación a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. El Gobierno tiene un año para aprobar las reformas normativas que refuercen la transparencia, la supervisión y el control de estas entidades.
Lo que falta: el BOE y el reglamento
La ley todavía no ha nacido. Su disposición final segunda establece que entrará en vigor «el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado», y esa publicación no se ha producido: el sumario del BOE del 24 de julio de 2026 no incluye ninguna disposición de la Jefatura del Estado. Europa Press daba la publicación por «inminente» la noche del 23 de julio.
Después llegará la letra pequeña. El texto obliga a aprobar por reglamento, en un plazo máximo de tres meses desde la aprobación de la ley, los términos y condiciones del traspaso y la fórmula exacta de conversión. Solo entonces empezará a correr el plazo de un año que tendrán los mutualistas para pedir la transferencia.
La votación se celebró en la misma sesión maratoniana en la que el Pleno tumbó por segunda vez la senda de déficit de 2027 y convalidó el decreto que rebaja el impuesto de los carburantes.
Fuentes
- Cortes Generales: «Enmiendas del Senado mediante mensaje motivado» a la Proposición de Ley 122/000143, Boletín Oficial de las Cortes Generales, Congreso de los Diputados, Serie B, núm. 162-11, 16 de julio de 2026. Documento primario: de ahí proceden el texto comparado, la exclusión de los pensionistas, los coeficientes, la supresión del IPC, el «1x1», el convenio especial, las obligaciones de transparencia y la entrada en vigor.
- Congreso de los Diputados: ficha de tramitación de la iniciativa 122/000143, consultada el 24 de julio de 2026.
- Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado: sumario del BOE de 24 de julio de 2026, consultado el 24 de julio de 2026 (sin publicación de la ley).
- Europa Press: «PP, PSOE y Vox se unen en el Congreso para ratificar la exclusión de los jubilados mutualistas del Régimen de Autónomos», 23 de julio de 2026. De ahí proceden el detalle de la votación y las cifras de pensiones.
- elDiario.es: «El Congreso aprueba definitivamente la pasarela de los mutualistas a la Seguridad Social, pero excluye a los ya jubilados», 23 de julio de 2026. De ahí proceden las intervenciones en el debate.