El Congreso convierte en infracción muy grave incumplir la cuota de discapacidad
La Comisión de Trabajo del Congreso aprobó el 23 de julio de 2026, con competencia legislativa plena, la proposición de ley que eleva a muy grave el incumplimiento de la reserva del 2 % de puestos para personas con discapacidad en empresas de 50 o más trabajadores. La multa máxima pasa así de 7.500 a 225.018 euros y el texto viaja ahora al Senado.
Incumplir la cuota de empleo reservada a las personas con discapacidad va a dejar de salir barato. La Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Congreso aprobó el jueves 23 de julio de 2026, en sesión extraordinaria y con competencia legislativa plena —es decir, sin que el texto tenga que pasar de nuevo por el Pleno—, la Proposición de Ley para el impulso de la inclusión laboral de las personas con discapacidad a través de la cuota de reserva de empleo en las empresas. El expediente parlamentario 122/000215 registra esa aprobación y el traslado al Senado con la misma fecha.
El salto sancionador no es simbólico. El texto registrado de la proposición saca el incumplimiento de la reserva de puestos —o de sus medidas alternativas— del artículo 15 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, donde figura como infracción grave, y lo traslada al artículo 16, el de las muy graves. Según el artículo 40 de esa misma ley, las infracciones graves en materia de empleo se castigan con multas de 751 a 7.500 euros; las muy graves, de 7.501 a 225.018. El tope se multiplica por 30.
El segundo artículo aprieta por otra vía: modifica el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, para que quien haya sido sancionado por resolución administrativa firme por esa infracción muy grave no pueda ser beneficiario de subvenciones públicas.
Quién votó qué
El desglose del voto lo dio Europa Press: la ponencia salió adelante con el apoyo de todos los grupos salvo el PP, que se abstuvo, y Vox, que votó en contra. El Congreso no ha publicado todavía el Diario de Sesiones de esa comisión, de modo que ese reparto descansa por ahora en la agencia. Sí consta el resultado del primer trámite: cuando el Pleno tomó en consideración la iniciativa, el 9 de septiembre de 2025, la respaldaron 313 diputados y la rechazaron 33, sin abstenciones.
La comisión se reunió en la Sala Cánovas al terminar el pleno extraordinario de ese mismo jueves, aquel en el que el Congreso rebajó los umbrales para formar grupo parlamentario propio.
Campañas, inspección y una transaccional sobre VIH y talidomida
Además de los dos artículos, la proposición llegó a la comisión con dos disposiciones adicionales: campañas informativas de las administraciones públicas sobre inclusión laboral de las personas con discapacidad y campañas específicas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social durante tres años —renovables por periodos iguales— para verificar que las empresas cumplen la reserva, con informes y balances de resultados.
El texto que salió de la comisión suma, según Europa Press, una tercera: la obligación del Gobierno de elaborar en ese mismo plazo de tres años un informe de evaluación del impacto de las medidas. La comisión aprobó también por unanimidad una enmienda transaccional que, siempre según la agencia, deja exentas de impuestos las ayudas a las personas afectadas por el VIH o la talidomida. El Congreso no ha publicado aún el texto consolidado aprobado en comisión.
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), la principal plataforma del sector, calificó el endurecimiento de “medida necesaria para garantizar la efectividad de una obligación legal vigente desde hace décadas y todavía incumplida por un número significativo de empresas”, y pidió al Senado rapidez. El Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia (CEDDD) celebró la aprobación, pero sostiene que “el refuerzo del régimen sancionador, por sí solo, resulta insuficiente” y reclama elevar la cuota obligatoria del 2 % al 4 %. Ambas valoraciones las recogió Europa Press.
De dónde viene la cuota
La reserva del 2 % está en el artículo 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, la Ley General de derechos de las personas con discapacidad. Obliga a toda empresa con 50 o más personas en plantilla, tenga los centros de trabajo que tenga y sea cual sea el tipo de contrato, e incluye en el cómputo a quienes llegan cedidos por empresas de trabajo temporal. La ley permite librarse de ella —total o parcialmente— por convenio colectivo sectorial o por decisión voluntaria de la empresa comunicada a la autoridad laboral, siempre que a cambio se apliquen las medidas alternativas fijadas por reglamento. Son esas exenciones, y no solo la cuota, las que quedan ahora bajo la infracción muy grave.
La iniciativa la registró el Grupo Parlamentario Socialista el 23 de julio de 2025. Su exposición de motivos se apoya en el Libro blanco sobre empleo y discapacidad que el Real Patronato sobre Discapacidad publicó en julio de 2023 y del que dice que una de sus conclusiones es que “la actual configuración de las sanciones en esta materia resulta insuficiente”.
Queda camino: el Senado debe tramitar el texto y solo la publicación en el Boletín Oficial del Estado pondrá el reloj en marcha. La proposición, tal y como se registró, prevé la entrada en vigor a los veinte días de esa publicación.
Fuentes
- Europa Press: «El Congreso aprueba en comisión elevar multas a empresas que incumplan cuota de reserva para personas con discapacidad» (24 de julio de 2026)
- Congreso de los Diputados: expediente 122/000215 — tramitación, ponentes y enmiendas
- BOCG, Serie B, núm. 257-1, de 29 de agosto de 2025 — texto registrado de la proposición de ley (PDF)
- Orden del día de la Comisión de Trabajo del 23 de julio de 2026
- Texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (BOE) — cuantía de las sanciones, artículo 40
- Ley 38/2003, General de Subvenciones (BOE) — artículo 13
- Real Decreto Legislativo 1/2013, Ley General de derechos de las personas con discapacidad (BOE) — artículo 42, cuota de reserva