Junts condiciona sus votos a excluir a Cataluña del reparto de menores
La portavoz de Junts en el Congreso, Míriam Nogueras, escribió el martes 4 de agosto de 2026 en la red social X que su partido no dará "ni un voto" al Gobierno si Cataluña no queda fuera del traslado a las comunidades autónomas de los menores migrantes no acompañados llegados a Ceuta.
“Junts no da ni un voto si NO se deja en Catalunya FUERA del reparto”. Con ese mensaje, publicado el martes 4 de agosto de 2026 en la red social X, la portavoz de Junts en el Congreso, Míriam Nogueras, ató los votos de su grupo a que Cataluña quede al margen del traslado a las comunidades autónomas de los menores migrantes no acompañados que llegaron a Ceuta en la crisis migratoria de finales de julio. La publicación la recogió Europa Press.
En el mismo mensaje, Nogueras reivindicó que su partido logró el año pasado “lo que nunca había hecho nadie”, que Cataluña fuese excluida de los traslados, y remachó: “Y lo hicimos solos”. En alusión a Esquerra Republicana, afirmó que “el resto de diputados catalanes” aceptaron entonces “como siempre y sin recursos” que “España siguiera abusando de los catalanes”. Dio por hecho que “algunos” les tacharán de “racistas” por decisiones como esta y llamó a “seguir defendiendo Catalunya” frente a “la palabrería” de otros.
Qué dice la norma que regula el reparto
El traslado de los menores no lo decide una negociación parlamentaria, sino la Ley de Extranjería reformada en 2025. El Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo introdujo en la Ley Orgánica 4/2000 los artículos 35 bis, ter y quáter: cuando el sistema de protección de menores de una comunidad o ciudad autónoma triplica su “capacidad ordinaria” —el número de plazas que la norma le atribuye—, se declara una “contingencia migratoria extraordinaria” y la Administración General del Estado determina a qué territorio se traslada cada menor, en un plazo de quince días naturales desde su inscripción en el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados.
La ley fija dos vías para repartir. La primera es un acuerdo unánime de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia, donde se sientan el Gobierno y las comunidades. A falta de ese acuerdo rigen los porcentajes del artículo 35 ter: un 50% del reparto se decide por población, un 15% por la tasa de paro en sentido inverso, un 13% por la renta de los hogares, un 10% por el número de plazas ya existentes, un 6% por el esfuerzo previo en acoger a estos menores y tres tramos del 2% por condición fronteriza, insularidad y dispersión de la población. En los dos primeros de esos tramos la norma aplica una ponderación negativa del 100%: a Melilla por fronteriza y a Baleares por insular. El texto no excluye por su nombre a Cataluña ni a ninguna otra comunidad: las dos únicas exenciones expresas son esas. En el mensaje que reprodujo Europa Press, Nogueras no precisó a qué acuerdo concreto del año pasado se refería.
Casi 900 menores en una ciudad con 29 plazas
Ceuta está en situación de contingencia migratoria extraordinaria desde agosto de 2025, según explicaron fuentes del Ministerio de Juventud e Infancia a Europa Press el 3 de agosto. La ciudad tenía 862 menores migrantes acogidos, según los datos que dio su propio Gobierno el lunes 3 de agosto, frente a una capacidad ordinaria de 29 plazas: una sobreocupación del 2.872%, según el cálculo del consejero de Presidencia en la Cadena SER, recogido por la agencia. El Ministerio pidió abrir dos colegios para atender a esos menores —“especialmente” a las niñas— y la ministra Sira Rego tiene previsto viajar a la ciudad.
De las decenas de miles de personas que cruzaron a Ceuta el jueves 30 de julio, Save the Children calculó en unos 7.000 los menores de edad. El Ministerio del Interior cifró en 48.300 las personas retornadas a Marruecos al día siguiente, casi tantas como las que había contado entrando. Los menores, en cambio, no pueden ser devueltos de forma colectiva: por eso el reparto entre comunidades es la pieza que falta.
Un aviso sin votación a la vista
El Congreso está fuera de su periodo ordinario de sesiones: el artículo 61 de su Reglamento fija dos periodos, de septiembre a diciembre y de febrero a junio, y en agosto solo caben sesiones extraordinarias a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de la Cámara. Junts no ha señalado qué votación concreta bloquearía. Sus siete diputados sí pesan en el calendario de septiembre: el partido ya sumó sus votos a los de PP, Vox y UPN para tumbar por segunda vez la senda de déficit y tiene anunciada una enmienda a la totalidad a la reforma de la financiación autonómica, cuyo Consejo de Política Fiscal y Financiera se aplazó al 4 de septiembre.
Junts no es el único partido que se descuelga del reparto. La vicesecretaria de Coordinación Sectorial del PP, Alma Ezcurra, aseguró ese mismo martes en laSexta que las comunidades gobernadas por su partido no van a aceptar “las consecuencias de la irresponsabilidad de un Gobierno” al que responsabiliza de que miles de personas se jugaran la vida en el mar, y preguntó si en el “nuevo reparto” se va a excluir “también por razones políticas a Cataluña y País Vasco”. El secretario general del PP, Miguel Tellado, lo resumió así: “El que ha generado el problema es el que debe resolverlo. Se llama Gobierno de España, se llama Pedro Sánchez”. Podemos e Izquierda Unida acusaron al PP de “miseria moral” y de dejar “abandonada a Ceuta”.
Fuentes
- Europa Press: «Junts avisa que no dará “ni un voto” si no se deja a Cataluña “fuera” del traslado de menores llegados a Ceuta», 4 de agosto de 2026.
- Europa Press: «PP sobre acoger a menores de Ceuta: “Las CCAA no van a aceptar las consecuencias de la irresponsabilidad del Gobierno”» y «Podemos e IU acusan al PP de “miseria moral” al “abandonar” Ceuta», 4 de agosto de 2026.
- Europa Press: «Ceuta abrirá, a petición de Rego, dos colegios para acoger a menores llegados durante la crisis migratoria», 4 de agosto de 2026, y «Ceuta filia de manera individualizada a todos los niños llegados», 3 de agosto de 2026.
- BOE: Ley Orgánica 4/2000, texto consolidado (artículos 35 bis, 35 ter y 35 quáter y disposición adicional undécima) y Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo.
- BOE: Reglamento del Congreso de los Diputados, artículo 61.