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La Generalitat pide al Tribunal de Cuentas amnistiar los gastos del 1-O

El Govern de Salvador Illa registró el 24 de julio de 2026 un escrito ante el Tribunal de Cuentas en el que, como administración presuntamente perjudicada, se declara conforme con extinguir las responsabilidades contables del 1-O y de la acción exterior del «procés», y pide que se levanten las medidas cautelares. La causa afecta a más de treinta exaltos cargos, entre ellos Carles Puigdemont, Artur Mas, Oriol Junqueras y Jordi Turull.

Renato · 24 de julio de 2026 · nacional

Fachada de piedra del edificio del Tribunal de Cuentas en la calle Fuencarral de Madrid, con arcos en la planta baja y balcones sobre ellos.
Imagen de archivo: sede del Tribunal de Cuentas en la calle Fuencarral 81 de Madrid, el organismo al que la Generalitat ha dirigido su escrito. Fotografía tomada en 2009. (Foto: Luis García (Zaqarbal), CC BY-SA 3.0, vía Wikimedia Commons)

La Generalitat de Cataluña ha pedido por escrito al Tribunal de Cuentas que aplique la Ley de Amnistía a las causas todavía abiertas por el referéndum del 1 de octubre de 2017 y por la acción exterior desplegada durante el «procés», y que levante las medidas cautelares acordadas contra los afectados. El Govern anunció el escrito el 24 de julio de 2026 en una nota de prensa publicada a las 10:00 hora peninsular.

El Tribunal de Cuentas es el órgano que fiscaliza el uso del dinero público y exige la llamada responsabilidad contable: no impone penas de cárcel, sino que obliga a devolver el dinero a quien lo gestionó y causó un daño al patrimonio público. Las medidas cautelares son las garantías económicas que el tribunal impone mientras dura el procedimiento para asegurar ese eventual pago.

Una administración que pide no ser resarcida

El movimiento tiene una particularidad procesal: la Generalitat no comparece como acusadora ni como acusada, sino como la administración cuyo dinero se habría gastado mal. El Govern explica que se persona «exclusivamente en su condición de entidad del sector público presuntamente perjudicada» y «únicamente para formular las alegaciones que esta norma reserva a esta condición», según El Mundo, que cita el escrito.

En esa condición, la administración catalana manifiesta su «conformidad con la extinción de las responsabilidades contables derivadas de los hechos examinados» y reclama que se dicte «la correspondiente resolución absolutoria». El escrito se ha remitido al Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas. Es decir: el presunto perjudicado renuncia a que le reparen el daño.

El Govern justifica haberse adelantado al trámite de audiencia a las partes perjudicadas por el «carácter preferente y urgente» que la propia ley atribuye a la amnistía y porque la norma fija un plazo máximo de dos meses para resolver los procedimientos prioritarios. Pide, en consecuencia, que el tribunal resuelva «dentro del plazo legalmente previsto» y sostiene que así se contribuiría «al cierre definitivo de uno de los últimos procedimientos de responsabilidad contable todavía pendientes» del «procés».

Qué causa es y a quién afecta

El Tribunal de Cuentas mantiene abierta una causa unificada sobre dos bloques de gasto: los fondos públicos empleados en la preparación, la logística y la ejecución del referéndum del 1-O, y el dinero destinado entre 2011 y 2017 a la promoción internacional del «procés» a través del Diplocat —el consorcio de diplomacia pública de la Generalitat, hoy denominado Catalunya Internacional, según El Mundo— y de la red de delegaciones del Govern en el extranjero.

Hay más de treinta exaltos cargos pendientes de la decisión del tribunal, según Europa Press. Entre ellos, los expresidentes Carles Puigdemont y Artur Mas, el exvicepresidente y líder de ERC Oriol Junqueras y el secretario general de Junts y exconseller Jordi Turull. Ninguno tiene aún resolución en esta causa: el procedimiento contable sigue abierto y no hay declaración de responsabilidad.

La sentencia europea que invoca el Govern

El Govern apoya su petición en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Ni el comunicado de la Generalitat ni el teletipo de Europa Press —que se limita a hablar de «la sentencia del pasado jueves»— la identifican con fecha ni número de asunto.

La resolución existe y es del 16 de julio de 2026: ese día la Gran Sala del Tribunal de Justicia dictó dos sentencias, en los asuntos C-523/24 Sociedad Civil Catalana y C-666/24 Associació Catalana de Víctimes d’Organitzacions Terroristes, bajo el titular «El Derecho de la Unión no se opone a la ley española de amnistía para la normalización de la situación en Cataluña» (comunicado de prensa 112/2026, PDF). Es la única resolución del tribunal europeo sobre la ley de amnistía comunicada hasta la fecha: el 24 de julio, el comunicado 112/2026 seguía siendo el último publicado por la corte de Luxemburgo. La primera de esas dos causas nació precisamente de las preguntas que le planteó el Tribunal de Cuentas.

El contenido, sin embargo, es más matizado que un aval general. El Tribunal de Justicia responde que la extinción de estas responsabilidades no afecta a los intereses financieros de la Unión, porque un perjuicio causado solo al presupuesto nacional no se traslada al presupuesto europeo. Añade que su control sobre una materia de competencia estatal se limita a los problemas de carácter «sistémico», y que las reglas procesales de la ley —resolver en dos meses, sin valorar pruebas exculpatorias y sin oír a todas las partes— no llegan a serlo.

Y fija un límite expreso: la ley no puede vaciar de contenido el procedimiento prejudicial, el mecanismo por el que un juez nacional consulta a Luxemburgo antes de resolver. Si el plazo de dos meses para extinguir la responsabilidad y levantar las cautelares se aplicara incluso cuando hay una consulta pendiente de respuesta, esas disposiciones «deberían dejarse inaplicadas».

El tribunal no ha amnistiado todavía

Pese a la sentencia europea, el Tribunal de Cuentas no ha aplicado la amnistía de forma automática. Abrió un periodo de alegaciones para que las partes aportaran documentación sobre el origen de los fondos utilizados en los gastos del 1-O. El 20 de julio de 2026, según El Mundo, el órgano fiscalizador instó a acusaciones y defensas a pronunciarse sobre la «posibilidad» de no amnistiar esos gastos, al entender que la resolución europea admite la amnistía siempre que no se sufragaran con fondos europeos. No consta pronunciamiento del Tribunal de Cuentas sobre el escrito presentado este 24 de julio.

Contexto

La amnistía es la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, aprobada por las Cortes y publicada en el BOE el 11 de junio de 2024. Extingue las responsabilidades penal, administrativa y contable derivadas de actos del referéndum del 1-O y del proceso independentista. El Tribunal Constitucional la declaró ajustada a la Constitución, salvo dos preceptos, en su sentencia de 26 de junio de 2025, según recuerda el propio comunicado del Tribunal de Justicia.

Fuentes